Camara de comercio y producción de valverde INC.

(809) 572-3291

Calle Duarte No. 92 Altos, Centro Ciudad, Mao, Valverde, República Dominicana

3ra. Resolución administrativa

Considerando:

  1. Que el CAPITULO PRIMERO, Articulo Tercero. DEL OBJETO, de nuestros Estatutos Sociales especifica lo siguiente:
    Acápite d)Establecer y conservar en las respectivas areas de sus asociados, principios justos y equitativos, para un armónico y mejor desenvolvimiento de sus actividades.
    Acápite e) Abogar por la reglamentación de métodos uniformes, en base a esfuerzos conjuntos, para lograr resultados eficaces, conforme a las condiciones del medio y a las necesidades de cada sector.
    Acápite m) Todas las demás atribuciones, que le encomienda la ley, que le ha dado origen, así como las Asambleas Generales, o que disponga la Junta Directiva, siempre que no contravengan la ley, los presentes estatutos, ni desnaturalicen los fines de esta Cámara de Comercio y Producción.
  2. Que el CAPITULO SEXTO. DE LA JUNTA DIRECTIVA ; de nuestros Estatutos Sociales establece:
    Artículo Vigésimo: La Junta Directiva es el órgano de Dirección de la Cámara, encargada de realizar todos los actos relativos al objeto social que no han sido conferidos a la Asamblea General
    Articulo Vigésimo Tercero:Párrafo II ; El orden que deba observarse en las sesiones será establecido por el presidente y sus acuerdos se tomaran por mayoría de votos.

VISTAS:

  • Ley 50 – 87 sobre la Creación y Organización de las Cámaras de Comercios.
  • Ley 479 – 08 sobre las Sociedades Comerciales y Empresas
    Individuales de Responsabilidad Limitada.
  • Ley 03 – 02 sobre Registro Mercantil.

RESUELVE:

Primero: Autorizar el establecimiento de plazos especiales para los servicios de revisión, consulta y entrega de documentos especializados del Registro Mercantil; los cuales deben estar acorde con la particularidad, especialización y complejidad de estos.

Segundo: Diseñar y poner en ejecución un sistema de Registro/Control, de recibo de documentación; especificando la fecha y la hora de dicha recepción.

Tercero: Respetar la Tarifa Oficial de Registro Mercantil, vigente desde el primero de marzo del 2012, la cual está avalada por FEDOCAMARAS.

Cuarto: Establecer un servicio VIP, para aquellos usuarios que por razones particulares, les interese; con la salvedad de que dicho servicio duplicaría el costo, de acuerdo al Tarifario Oficial.

Quinto: Hacer de público conocimiento esta resolución, tanto a nuestros socios como a los distintos sectores productivos de la provincia Valverde, que utilicen nuestros servicios.

Dada en el municipio de Mao, Provincia Valverde a los 23 (veintitrés) días del mes de Marzo del año 2015.

Rodolfo Gómez B.
Presidente

Tiburcio Gonzalo Sánchez
1er. Vicepresidente

Juan Ant. Taveras
2do. Vicepresidente

Marisol Cruz
Tesorera

Claudia Tejada
Secretaria

Félix Bonilla
Vocal

Justiniano Lantígua
Vocal

Pedro Pablo Jiménez
Vocal

Arcadio Espinal
Vocal

Alisia Pérez
Vocal

Daveiba Rodríguez
Vocal

José Casimiro Molina
Suplente Vocal

Miguelina Reynoso
Suplente Vocal

Olga Frías
Suplente Vocal

Luís Rodríguez
Suplente Vocal

Wilson Pérez
Suplente Vocal

Manuel Morel
Suplente Vocal

Leonardo Morel
Asesor

Esperanza R. Minier
Asesor

Antonio M. Frías
Asesor

Pedro Espinal
Asesor

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