Registro Mercantil (Ley No.3-02)
El Registro Mercantil es un registro público, obligatorio, auténtico y oponible a terceros, instituido por la Ley 3-02 aplicable para todas las personas físicas y morales que ejerzan el comercio o brinden servicios, que deberá hacerse dentro del mes de iniciada las actividades comerciales, cuyo registro está a cargo de las Cámaras de Comercio y Producción del domicilio del solicitante.
Beneficios del registro mercantil
- Su negocio dispondrá de un medio para presentar información de su empresa para fines comerciales, Industriales, bancarios, de viaje, entre otros.-
- Su negocio estará debidamente organizado y formado-.
- Facilidad de trámites para fines de préstamos bancarios-.
- Ampliación de relaciones comerciales tanto nacionales como internacionales-.
- Localización de su empresa para fines comerciales.
- Imprescindible para la emisión del Registro Nacional de Contribuyente (RNC).
Personas físicas
Requisitos para obetener el registro mercantil:
- Formulario de Solicitud de Registro Mercantil completado correctamente y firmado.
- Copia de la Cédula del comerciante solicitante.
- Copia de la Cédula del o los administradores del establecimiento.
- Copia contrato matrimoniales en caso de que exista.
** Cada comerciante debe solicitar su Registro Mercantil individual, aunque negocio sea de más personas.
** En el caso que el comerciante sea menor de edad, deberán traer la prueba de su emancipación
** No será recibido ningún documento si el formulario y los documentos no está debidamente completado
** Las solicitudes de copias, certificaciones y revisión de libros, deben ser solicitadas por escrito por la persona con calidad para ello.
** Todos los documentos a depositar deben de estar registrados.
Descargar tarifa de registro mercantil vigente desde 15/06/2015 aquí.
Nota: los documentos depositados en la solicitud de Registro Mercantil nuevo serán registrado sin costo, un original y dos copias.
Los pagos podrán realizarse en efectivo, tarjeta de crédito o cheque, a nombre de la Cámara de Comercio y Producción de Valverde, Inc.
Personas Morales
El Registro Mercantil es un registro público, obligatorio, auténtico y oponible a terceros, instituido por la Ley 3-02 aplicable para todas las personas físicas y morales que ejerzan el comercio o brinden servicios, que deberá hacerse dentro del mes siguiente de celebrada la Asamblea Constitutiva, cuyo registro está a cargo de las Cámaras de Comercio y Producción del domicilio de la empresa solicitante.
A. REQUISITOS PARA EL REGISTRO MERCANTIL DE COMPAÑÍAS YA CONSTITUIDAS
- Formulario de Solicitud de Registro Mercantil completado correctamente, firmado y sellado.
- Todos los documentos constitutivos de la empresa: Estatutos sociales, Lista de suscriptores, publicación en periódico y depósitos en tribunales, recibo de pago de la Dirección General de Impuestos Internos, Sellos de la Ley 80-99, Compulsa notarial, lista presencia asamblea(s) constitutiva(s), Informe del comisario de aporte (si aplica), Asamblea(s) Constitutiva(s).
- Copia de la cédula o pasaporte (en caso de ser extranjero) de los accionistas y representantes legales de la empresa.
- Copia RNC
- Asamblea(s) extraordinaria(s) que modifique los estatutos (si aplica)
- Ultima Asamblea Ordinaria Anual que designe el actual consejo de administración.
- Transferencias de Acciones o Asambleas que especifique la transferencia de acciones, en caso de que los accionistas sean diferentes a los originales.
B. REQUISITOS PARA EL REGISTRO MERCANTIL DE LAS COMPAÑÍAS EN PROCESO DE CONSTITUCIÓN
- Los mismos requisitos que en compañías constituidas, exceptuando RNC, asambleas ordinarias, anuales y extraordinaria y traspasos.
- Depósito de los originales de los documentos constitutivos para fines de registro, los demás deben ser solicitados como copias certificadas.
C. REQUISITOS PARA EL REGISTRO MERCANTIL DE COMPAÑÍAS EXTRANJERAS
- Documentos de constitución.
- Copia del número de Registro Mercantil del país de origen.
- Copias de los pasaportes (en caso de ser extranjero) y cédulas de los accionistas y representantes legales.
- Asamblea que autoriza domicilio provisional en la República Dominicana.
- Transferencias de acciones (si aplica).
D. REQUISITOS PARA EL REGISTRO MERCANTIL DE ZONAS FRANCAS
D.1 NACIONALES
- Si ya están constituidas, los mismos requisitos del punto A, exceptuando el pago de los impuestos; si están en proceso de constitución, igual al punto B.
D.2 EXTRANJERAS
- Los mismos requisitos del punto c.
**En el caso que el comerciante sea menor de edad, deberá traer la prueba de su emancipación.
**No será recibido ningún documento si el formulario y los documentos no están debidamente completado.
**Las solicitudes de cop revisión de libros, deben ser solicitadas por escrito por la persona con calidad para ello.
**Todos los documentos a depositar deben estar registrados.
**En el formulario no debe ponerse ambos esposos, si son accionistas, sólo uno.
Descargar tarifa para la emisión de registro mercantil vigente desde 15/06/2015.